El derecho de autor en general

¿Qué es el derecho de autor?

El derecho de autor es una forma de protección basada en la Constitución de los Estados Unidos y otorgada por la ley para obras originales de autoría fijadas en un medio de expresión tangible. El derecho de autor cubre tanto las obras publicadas como las inéditas.

¿Qué protege el derecho de autor?

El derecho de autor, una forma de la ley de propiedad intelectual, protege las obras originales de autoría, incluidas las obras literarias, dramáticas, musicales y artísticas, como poesía, novelas, películas, canciones, programas informáticos y arquitectura. El derecho de autor no protege hechos, ideas, sistemas o métodos de operación, aunque puede proteger la forma en que se expresan. Consulte Fundamentos del derecho de autor (Circular 1), la sección “¿Qué obras están protegidas?”.

¿En qué se diferencia un derecho de autor de una patente o una marca comercial?

El derecho de autor protege las obras originales de autoría, mientras que una patente protege las invenciones o descubrimientos. Las ideas y los descubrimientos no están protegidos por la ley del derecho de autor, aunque la forma en que se expresan puede estarlo. Una marca comercial protege palabras, frases, símbolos o diseños que identifican el origen de los bienes o servicios de una parte y los distinguen de los demás.

¿Cuándo está protegida mi obra?

Su obra está protegida por el derecho de autor en el momento en que se crea y se fija de forma tangible que sea perceptible, ya sea directamente o con la ayuda de una máquina o dispositivo.

¿Tengo que registrar mi obra en su oficina para estar protegida?

No. En general, el registro es voluntario. El derecho de autor existe desde el momento en que se crea la obra. Sin embargo, tendrá que registrar su obra si desea entablar una demanda por infracción de una obra estadounidense. Consulte Fundamentos del derecho de autor (Circular 1), la sección “¿Cómo puedo proteger mi obra?”.

¿Por qué debería registrar mi obra si la protección del derecho de autor es automática?

Se recomienda registrar su obra por varias razones. Muchos optan por registrar sus obras porque desean tener los datos de su derecho de autor en el registro público y tener un certificado de registro. Las obras registradas pueden ser elegibles para una indemnización por daños legales y honorarios de abogados en un litigio exitoso. Finalmente, si el registro ocurre dentro de los cinco años posteriores a la publicación, se considera evidencia a primera vista (prima facie en latín) en un tribunal de justicia. Consulte Fundamentos del derecho de autor (Circular 1), la sección “¿Cómo puedo proteger mi obra?”, y Restauración del derecho de autor bajo la URAA (Circular 38B) (en inglés) sobre obras no estadounidenses.

He oído hablar del “derecho de autor del pobre” (poor man’s copyright en inglés). ¿Qué es?

La práctica de enviarse a sí mismo una copia de su propia obra a veces se denomina “el derecho de autor del pobre”. No existe ninguna disposición en la ley del derecho de autor con respecto a este tipo de protección, y no sustituye al registro.

¿Es válido mi derecho de autor en otros países?

Los Estados Unidos tienen relaciones de derecho de autor con la mayoría de los países del mundo y, como resultado de estos acuerdos, respetamos los derechos de autor de los ciudadanos de los demás países. Sin embargo, los Estados Unidos no tienen tales relaciones de derecho de autor con todos los países. Para obtener una lista de países y la naturaleza de sus relaciones de derecho de autor con los Estados Unidos, consulte Relaciones internacionales de Estados Unidos en materia del derecho de autor (Circular 38A) (en inglés).